Notaria de Cerro Navia

Juan Ignacio San Martín Schröder

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Huelen Nº 1977, Cerro Navia

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+56 44 368 7504

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Escrituras Publicas

¿Es necesario un abogado para realizar un trabajo en la Notaría?

De acuerdo al inciso 1º del artículo 413 del Código Orgánico de Tribunales, se requiere un abogado para las siguientes contratos: escritura de constitución, modificación, resciliación o liquidación de sociedades, conyugales, de partición de bienes, escrituras constitutivas de personalidad jurídica de asociaciones de canalistas, cooperativas, contratos de transacciones y contratos de emisión de bonos de sociedades anónimas, deben ser extendidas en los protocolos notariales sobre la base de minutas firmadas por algún abogado.

Requisitos para otorgar un Poder General.

Se aconseja minuta redactada por Abogado. Llevarla a una Notaría, para proceder a su firma y posterior copias. Nota: Los mandantes deben ser mayores de 18 años y tener su cédula de identidad al día. Requisitos para una Declaración Jurada, Carta poder, Autorización para trabajar. Presentarse a una Notaría con la Cédula de identidad al día y ser mayor de 18 años.- Requisitos para un Certificado de Estado Civil. Se necesitan 2 testigos mayores de 18 años, que no sean familiares para otorgar este certificado, quienes acreditan el estado civil del interesado, quien no necesita comparecer.

Requisitos para Autorización de Viaje.

Presentarse padre y madre con su cédula de identidad al día y certificado de nacimiento del menor, cuando los menores salgan con una persona distinta a ellos. En caso de que el menor salga fuera del país con la madre, es el padre quien otorga la autorización con los requisitos indicados en el párrafo anterior, y si el menor sale con el padre, es la madre la que otorga la autorización con los requisitos indicados en este punto.

Requisitos para Autorización fijar domicilio comercial.

Debe presentarse con la cédula de identidad al día, y ser mayor de 18 años. Si el dueño de la propiedad fuere una persona jurídica, el representante deberá además traer el Rut de la Empresa y la escritura por la cual consta su personería para representarla, con vigencia.

Documentos Privados

Requisitos para Vender un Vehículo
  • Certificado de Anotaciones Vigentes del Vehículo, con no más de 10 días de antigüedad
  • Certificado de multas no pagadas
  • Padrón del vehículo
  • Último Permiso de Circulación
  • Si el vendedor o el comprador, son personas jurídicas, deben además traer el RUT de la Empresa y la escritura por la cual consta su personería para representarla, con vigencia.

Requisitos para celebrar un contrato de arrendamiento.
  • Ambas partes deben presentarse con su cédula de identidad al día
  • Ser mayores de 18 años
  • Arrendador debe acreditar dominio vigente
  • En caso de que alguna de las partes sean personas jurídicas, deben presentar el RUT, y copia de la escritura por la cual consta su personería.

Requisitos para Otorgar un Testamento.

«El testamento es un acto solemne, en que una persona dispone de todo o parte de sus bienes para que tenga efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él mientras viva», según lo define el artículo 999 del código civil. El testamento solemne abierto -que es el que más se utiliza- debe constar por escrito y otorgarse ante competente escribano y tres testigos. El testamento solemne cerrado se otorga también ante Notario y tres testigos, para lo cual el testador debe concurrir al acto con su testamento previamente hecho, el que se guarda en un sobre lacrado y sellado que firman el testador, los testigos y el Notario. Del contenido de este documento sólo tiene conocimiento el testador.

Documentos necesarios para efectuar Transferencias de un Bien Raíz.
  • Copia de la escritura que originó el título de dominio
  • Certificado de Dominio Vigente otorgado por el Conservador de Bienes Raíces que corresponda
  • Certificado de Hipotecas y Gravámenes de 30 ó 50 años, según corresponda, otorgado por el mismo Conservador de Bienes Raíces
  • Certificado de Tesorería que acredite que la propiedad no tiene deudas de contribuciones
  • Se aconseja minuta redactada por un Abogado.
Protesto de Letras.

Quien realice el pago debe tener en su poder la notificación del banco o de la notaría, o el número de cédula de identidad del aceptante. Al momento del pago la persona debe cancelar los gastos y derechos de la notaría en dinero efectivo. Estos cobros varían en relación al monto de la letra protestada.

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“Con mas de una década dedicada al campo notarial, mi compromiso es proporcionar seguridad jurídica y eficacia en cada actuación que manejo.”

Juan Ignacio San Martín Schröder

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